Reglamento de la Asamblea General
VI. MESA DE LA ASAMBLEA GENERAL
Art¨ªculo 38: °ä´Ç³¾±è´Ç²õ¾±³¦¾±¨®²Ô | Art¨ªculo 39: Sustitutos | Art¨ªculo 40: Funciones | Art¨ªculo 41: Funciones | Art¨ªculo 42: Funciones | Art¨ªculo 43: Funciones | Art¨ªculo 44: Revisi¨®n de la forma de las resoluciones
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La Mesa de la Asamblea estar¨¢ integrada por la Presidencia de la Asamblea General, que la presidir¨¢, las veintiuna Vicepresidencias y las Presidencias de las seis Comisiones Principales. Cada miembro de la Mesa de la Asamblea pertenecer¨¢ a una delegaci¨®n diferente y se elegir¨¢ de modo que quede asegurado el car¨¢cter representativo de la Mesa. Las Presidencias de otras comisiones en las cuales tengan derecho a estar representados todos los Miembros, y que hayan sido creadas por la Asamblea General para reunirse
durante el per¨ªodo de sesiones, tendr¨¢n derecho a asistir a las sesiones de la Mesa de la Asamblea y podr¨¢n participar, sin voto, en los debates. [V¨¦ase la introducci¨®n, p¨¢rr. 11, 19, 21, 22, 26, 42 y 48
.]
Sustitutos
Cuando una de las Vicepresidencias de la Asamblea General estime necesario ausentarse durante una sesi¨®n de la Mesa, podr¨¢ designar a una persona de su delegaci¨®n para que la sustituya. Cuando se ausente la Presidencia de una de las Comisiones Principales, designar¨¢ a una de las Vicepresidencias de la Comisi¨®n para que la sustituya. Cuando la Vicepresidencia de una Comisi¨®n pertenezca a la misma delegaci¨®n que otra persona de la Mesa, no tendr¨¢ derecho a
voto. [V¨¦ase la introducci¨®n, p¨¢rrs. 19, 21 y 340; v¨¦ase tambi¨¦n el anexo IV,p¨¢rr. 10
.]
Funciones
Al principio de cada per¨ªodo de sesiones, la Mesa estudiar¨¢ el programa provisional, as¨ª como la lista suplementaria de temas, y presentar¨¢ a la Asamblea General, sobre cada uno de los temas propuestos, recomendaciones respecto a su inclusi¨®n en el programa, a la denegaci¨®n de la solicitud de inclusi¨®n o a la inclusi¨®n del tema en el programa provisional de un per¨ªodo de sesiones ulterior.
Examinar¨¢ igualmente las solicitudes de inclusi¨®n de temas adicionales en el programa y presentar¨¢ recomendaciones sobr e ellas a la Asamblea. Al examinar asuntos referentes al programa de la Asamblea, la Mesa no discutir¨¢ el fondo de tema alguno, excepto en cuanto ello concierna directamente a si la Mesa debe recomendar la inclusi¨®n del tema en el programa, la denegaci¨®n de la solicitud de inclusi¨®n o la inclusi¨®n del tema en el programa provisional de un per¨ªodo de sesiones ulterior, as¨ª como a la prioridad que debe atribuirse a un tema cuya inclusi¨®n haya sido recomendada.
[V¨¦ase la introducci¨®n, p¨¢rr. 11; v¨¦anse tambi¨¦n el anexo III, p¨¢rr. f), el anexo IV, p¨¢rrs. 11 a 14, el anexo V, p¨¢rr. 1, el anexo VI, p¨¢rr. 4, y el anexo VII, p¨¢rrs. 3 y 6
].
La Mesa har¨¢ recomendaciones a la Asamblea General concernientes a la fecha de clausura del per¨ªodo de sesiones. Ayudar¨¢ a la Presidencia y a la Asamblea en la preparaci¨®n del orden del d¨ªa de cada sesi¨®n plenaria, en la determinaci¨®n del orden de prioridad de los temas y en la coordinaci¨®n de los trabajos de todas las comisiones de la Asamblea. Ayudar¨¢ a la Presidencia en la direcci¨®n general de las tareas de la Asamblea que le competen. Sin embargo, no decidir¨¢ cuesti¨®n alguna de ¨ªndole pol¨ªtica.
[V¨¦ase la introducci¨®n, p¨¢rr. 11; v¨¦anse tambi¨¦n el anexo III, p¨¢rr. f), el anexo IV, p¨¢rrs. 11 a 14, el anexo V, p¨¢rr. 1, el anexo VI, p¨¢rr. 4, y el anexo VII, p¨¢rrs. 3 y 6
].
La Mesa se reunir¨¢ peri¨®dicamente durante cada per¨ªodo de sesiones para examinar el progreso de los trabajos de la Asamblea General y sus comisiones y para hacer recomendaciones con objeto de favorecer tal progreso. Se reunir¨¢ tambi¨¦n cada vez que la Presidencia lo considere necesario o a solicitud de cualquier otro de sus miembros.
[V¨¦ase la introducci¨®n, p¨¢rr. 11; v¨¦anse tambi¨¦n el anexo I, p¨¢rr. 20, el
anexo III, p¨¢rr. f), el anexo IV, p¨¢rrs. 13 y 14, el Anexo V, p¨¢rr. 2, el anexo VI, p¨¢rr. 4, y el anexo VII, p¨¢rr. 5
.]
Participaci¨®n de miembros que hayan solicitado la inclusi¨®n de temas en el programa
Todo miembro de la Asamblea General que no tenga representante en la Mesa y que haya solicitado la inclusi¨®n de un tema en el programa tendr¨¢ derecho a asistir a toda sesi¨®n de la Mesa en que se examine su solicitud y podr¨¢ participar, sin voto, en el debate sobre el tema.
Revisi¨®n de la forma de las resoluciones
La Mesa podr¨¢ introducir modificaciones de forma, pero no de fondo, en las resoluciones aprobadas por la Asamblea General. Tales modificaciones deber¨¢n ser comunicadas a la Asamblea para su examen.